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En el mes de septiembre, se implementó en la Provincia de Buenos Aires el Sistema de Trabajo Digital Bonaerense (SITRADIB), que permitirá la presentación de la documentación laboral obligatoria conforme a las leyes laborales provinciales para su rúbrica y/o autorización.

Se introducen los siguientes cambios:

  1. Limitaciones en el uso del módulo de Rúbrica Digital:
    • No se podrá operar en la cuenta corriente del módulo de Rúbrica Digital, ni generar el Libro de Sueldos definitivo y el digesto resumen rubricados a través del sistema de Libro de Sueldos Digital.
  2. Nuevo mecanismo para la Rúbrica:
    • Los empleadores en la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires deberán abonar la rúbrica conforme al procedimiento que determine el Ministerio de Trabajo provincial.
    • Es crucial que los empleadores se mantengan informados sobre los nuevos procedimientos definidos por las autoridades provinciales.
  3. Continuidad en el uso del sistema Libro de Sueldos Digital:
    • Aunque habrá cambios en el procedimiento de rúbrica, se deberá seguir generando las liquidaciones a través del sistema de Libro de Sueldos Digital vigente.
    • Este paso es necesario antes de presentar la declaración jurada de las obligaciones de la Seguridad Social (Formulario 931).

 

Recomendaciones para los empleadores:
Se aconseja a todos los empleadores de la Provincia de Buenos Aires estar al tanto de las actualizaciones emitidas por el Ministerio de Trabajo provincial y realizar las consultas relacionadas con la rúbrica de libros a través de los canales oficiales del organismo.

 

Cronograma de implementación de rúbrica en Provincia de Buenos Aires
El proceso de implementación del nuevo sistema se desarrollará según el siguiente cronograma:

  • Desde el 01/11/2024: Obligatorio para los empleadores que anteriormente realizaban la rúbrica mediante microfichas.
  • Desde el 01/12/2024: Obligatorio para los empleadores con 50 o más trabajadores.
  • Desde el 01/01/2025: Obligatorio para los empleadores con menos de 50 trabajadores.

 

Además, las hojas móviles compradas, pero no entregadas se convertirán en saldo para la rúbrica a través del nuevo sistema, conforme a la Resolución 147/24. Los empleadores que tengan saldo de hojas móviles sin usar podrán utilizarlas hasta diciembre de 2024; a partir de enero de 2025, todas las presentaciones deberán ser digitales.

El pago de la tasa correspondiente se efectuará generando la boleta de pago desde el portal digital, después de presentar la siguiente documentación en la plataforma:

  • Constancia de inscripción en AFIP actualizada.
  • Formulario 931 del período a rubricar.
  • Archivos de soporte digital relacionados con la liquidación de sueldos (conceptos utilizados y liquidaciones efectuadas en el LSD de AFIP).

 

Al momento de subir la documentación en la plataforma, es un requisito obligatorio que la misma esté firmada digitalmente. Si no, SITRADIB ofrece la posibilidad de firmar con “JAVA WEB START” o con “ENCUSTODY”. En caso de no contar con certificados de firma digital, debes iniciar tu trámite de solicitud en una Autoridad de registro perteneciente a un Certificador Licenciado.

Hasta la implementación definitiva del sistema, el Ministerio exceptuará a los empleadores de la presentación de constancias de rúbrica en las inspecciones, con el fin de permitir el ajuste a los nuevos procedimientos digitales.

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