Los Títulos IV y V de la Ley 27.742 introducen modificaciones significativas en la legislación laboral argentina, buscando modernizar y simplificar las relaciones laborales. Este conjunto de cambios tiene el objetivo de adaptarse a las nuevas realidades del mercado laboral.
Promoción del Empleo Registrado: los empleadores podrán regularizar relaciones laborales, teniendo en cuenta los siguientes parámetros:
- Relaciones laborales incluidas: solo se aplicará a empleadores del sector privado. Quedan excluidas las relaciones laborales del sector público y las contrataciones iniciadas después de la promulgación de la ley.
- Relaciones laborales no registradas y deficientemente registradas: se considera como relación no registrada a los trabajadores no inscriptos y deficientemente registrada a las que cuentan con fechas o salarios incorrectos.
- Beneficios para los empleadores: condonación de deudas de aportes y contribuciones a la seguridad social, de hasta el 90% para micro y pequeñas empresas, y 70-80% para medianas y grandes empresas. Además, otorga facilidades de pago para las deudas restantes.
- Período de regularización: los empleadores tienen un plazo para regularizar las relaciones laborales no registradas dentro de 90 días de la entrada en vigor de la reglamentación.
Modernización Laboral: entre los principales cambios enunciamos:
- Registración:
Se promueve la registración a través de medios electrónicos, facilitando un proceso ágil, especialmente para empresas con menos de doce trabajadores. Los trabajadores tienen el derecho de denunciar la falta de registración ante las autoridades, quienes deberán habilitar un medio electrónico para ello.
- Presunción de la Existencia de un Contrato:
Se presume la existencia de un contrato de trabajo con la prestación de servicios, salvo que se demuestre lo contrario en ciertos casos de contrataciones específicas.
- Período de Prueba:
El contrato de trabajo por tiempo indeterminado se entenderá celebrado a prueba durante los primeros 6 meses de vigencia.
Las convenciones colectivas de trabajo podrán ampliar dicho período de prueba:
- hasta 8 meses, en las empresas de 6 y hasta 100 trabajadores,
- hasta 1 año en las empresas de hasta 5 trabajadores.
Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización con motivo a la extinción.
- Indemnizaciones y Despidos:
Se introducen medidas para la indemnización en casos de despidos discriminatorios, con un aumento significativo en la compensación en tales situaciones.
- Fondo de Cese:
Se permite que mediante convenios colectivos se sustituya la indemnización tradicional por un fondo o sistema de cese laboral.
El Sistema de Cese Laboral deberá determinar con precisión las causales, hechos y/o condiciones bajo las cuales se le deberá abonar una prestación dineraria al trabajador al extinguirse la relación laboral. A su vez, deberá definir el monto de los pagos que deban abonarse al trabajador en la contingencia de una relación laboral interrumpida y las modalidades de pago de dicha prestación dineraria.
- Trabajo Agrario:
Se redefine el contrato de trabajo agrario, estableciendo que es permanente y de prestación continua, y se incluyen regulaciones específicas para la contratación temporal en este sector.
- Colaboración entre Trabajadores Independientes:
Regula la posibilidad de que los trabajadores independientes cuenten con hasta tres colaboradores bajo un régimen especial, siempre y cuando no haya dependencia laboral.
Conclusión
Las modificaciones introducidas por la Ley 27.742 buscan modernizar y simplificar las relaciones laborales en Argentina, brindando nuevas herramientas tanto para empleadores como para empleados. Sin embargo, mantenerse actualizado sobre estos cambios es crucial para garantizar una correcta implementación y evitar incumplimientos.
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