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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el procedimiento para que los trabajadores y jubilados sujetos a retención de Impuesto a las ganancias, puedan solicitar la devolución de las percepciones del 35% a cuenta de ese Impuesto y de Bienes Personales por compras de moneda extranjera o consumos en dólares realizados durante el período fiscal 2023, establecido en la RG 4815.

Los empleados tendrán la opción de cargar las percepciones sufridas hasta el 31 de diciembre del 2023 en Siradig- Trabajador ingresando en la carga de Formulario 572 web hasta el 31 de marzo del 2024 inclusive.

¿Cuáles son las percepciones que se podrán informar?

  1. Compra de billetes y divisas en moneda extranjera.
  2. Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito
    para bienes o servicios efectuados en el exterior.
  3. Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito
    para el pago de servicios prestados por sujetos no residentes.
  4. Percepciones efectuadas por agencias de viajes y turismo.
  5. Percepciones efectuadas por servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía
    acuática, de pasajeros con destino fuera del país.

 

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Con tan solo un clic podes importar los formularios 572web descargados de AFIP en Sueldos Net y asegurarte que tanto el cálculo del ajuste del impuesto a las ganancias de cuarta categoría del 2023 como la devolución de las percepciones mencionada arriba sean devueltas a tus colaboradores en el recibo de sueldos de Abril 2024.

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